REPORTE INICIO PRÁCTICA
Los siguientes son
los pasos para dar inicio a su etapa práctica:
1.
Definir cuál de las opciones para el desarrollo de la etapa práctica
se va a llevar a cabo.
Para recordar las diferentes opciones
debes remitirte al reglamento del aprendiz SENA: Capítulo
V Artículos del 11 al 14.
2.
Cuando la opción para el desarrollo de la
etapa productiva sea por Alternancia, Reconocimiento de Labor, Proyecto
productivo, Apoyo a Unidad Productiva Familiar, Práctica Voluntaria no
Remunerada, Prácticas de Apoyo a Entidades Públicas requieren autorización, la
cual debe tramitarse con el Líder de Práctica.
3.
Las opciones de Contrato de Aprendizaje,
Contrato Voluntario de Aprendizaje y Monitorias no requiere autorización.
CONTRATO DE APRENDIZAJE O
CONTRATO VOLUNTARIO DE APRENDIZAJE:
v
Puede gestionarse en etapa lectiva y/o
productiva.
v
Se legaliza por medio del contrato de
aprendizaje, se remunera el 50% de un SMMLV (Salario Mínimo Mensual Legal
Vigente) cuando el aprendiz se encuentra en etapa lectiva y un 100% de un SMMLV
cuando el aprendiz se encuentra en la etapa práctica.
v Luego de legalizado el contrato de
aprendizaje debe entregarse copia del mismo en las oficinas de Relaciones
Corporativas, dicha copia debe ser radicada en las sedes del SENA Santa Rosa o
Yarumal. También puede hacer el envío del contrato escaneado al correo segpracticas@misena.edu.co, para
recibir instrucciones del proceso de seguimiento de la etapa práctica.
v
Es obligación del empresario al hacer
contrato de aprendizaje afiliar el aprendiz a la EPS en etapa lectiva y en la
etapa productiva EPS más ARL.
v Las empresas obligadas a contrato de aprendizaje son aquellas que tienen 15 o más empleados, sin embargo las que tienen menos de 15 empleados pueden aplicar a contrato voluntario de aprendizaje, con las mismas características que un contrato de aprendizaje.
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